No se pueden vulnerar los derechos de los menores en palabras del diputado José Antonio Zepeda Segura.
En México DF, será
delito específico, tipificado en el Código Penal estatal, la conducta del
progenitor que provoque la alienación parental del niño.
El diputado local
José Antonio Zepeda Segura, del PAN, promueve una iniciativa para sancionar a
padres de familia que incurran en alienación parental, conocida también como
manipulación mediante los hijos.
El legislador señaló
que esa práctica lesiona derechos del padre afectado y vulnera el sano
desarrollo del menor, por lo que se debe castigar a quien incurra en ella.
Para ello el también
integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la
Asamblea Legislativa capitalina plantea que la sanción sea de 50 a 200 días de
multa, trabajo en favor de la comunidad y tratamiento psicológico obligatorio.
La iniciativa
propone reformas al Artículo 444 del Código Civil y adicionar el 201 Ter del
Código Penal, ambos del Distrito Federal.
El diputado
manifestó la necesidad de que la sociedad mexicana cuente con una legislación
más justa, equitativa e igualitaria para que ambos padres tengan los mismos
derechos, además de velar por el interés supremo de los niños.
Apuntó que a la
alienación parental se le considera una forma de maltrato infantil, pues al
fomentar el odio y el resentimiento contra el padre ausente se causan daños
psicológicos al niño y se le priva de llevar una vida normal y una relación
sana con ambos progenitores.
Incluso puede
afectarle cuando asuma su papel de padre en la etapa adulta y con ello la
formación de su propia familia.
Zepeda Segura
consideró que esa es razón suficiente para impedir que los menores padezcan por
la actitud irresponsable de uno de los padres, sobre todo porque es un problema
cada vez más frecuente a nivel mundial.
Se calcula que
actualmente hay en la ciudad de México cerca de 200 mil casos de alienación
parental, según datos y cálculos de la Asociación de Madres y Padres
Divorciados que se obtienen por el número tan alto de divorcios que se ventilan
en los Juzgados de lo Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal.
“El fenómeno existe,
es real y reconocido por prestigiados psicólogos, es una patología del
ejercicio abusivo de la guarda y lesiona los intereses del niño y del padre
afectado.
No podemos decidir
que un padre le hace daño a su hijo hasta comprobarlo, pero en ese afán no se
pueden vulnerar los derechos de los menores”, dijo.
Cabe mencionar que
la manipulación puede ser propiciada por la madre, otros familiares o la nueva
pareja del padre que ostente la custodia física del menor.
El Síndrome de
Alienación Parental es un tipo de violencia y abuso psicológico al niño y a sus
derechos esenciales, debido a que toda persona es sujeto de derecho y no un
objeto o recurso judicial utilizado como depósito en garantía.
De tal modo dichas
reformas proponen que en caso de alienación parental dentro de una pareja en disputa
judicial sólo podrá recuperarse el ejercicio de la patria potestad cuando a
juicio de peritos el daño sea reversible o curable y el que la ejerce fuera
tratado psicológicamente y dado de alta.
Además, en caso de
aprobarse esa iniciativa, la legislación contará con una definición clara de
este síndrome, entendiéndose por alienación parental al hecho reiterado o
proceso por el cual un progenitor, mediante cualquier estrategia, transforme la
conciencia de sus hijos con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus
vínculos con el otro padre.
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