sábado, 21 de diciembre de 2013

LOS PELIGROS DEL MAL LLAMADO SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL.

José Enrique Bernal Menéndez.
Abogado de Familia.

Hace unos meses la prensa local se hacía eco de la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Málaga que había retirado la guarda y custodia de un hijo a su madre y se la había conferido al padre porque aquélla había inducido al menor a negarse a relacionarse con su progenitor, lo que hizo que desarrollara el llamando síndrome de alienación parental, acordándose por el Tribunal que, para solucionar esta anormal situación, debía procederse -en consonancia con lo aconsejado por los profesionales de la Psicología que intervinieron en dicho procedimiento- a separar al menor de su madre, evitar los contactos con ella, entregárselo al progenitor con el que el menor no quería estar y, si ello no daba resultados, ingresar al niño en un centro adecuado, tal cual se produce con la desprogramación de los miembros de una secta.

El contenido de la resolución judicial, que supongo habrá sido objeto de recurso ante el Tribunal Superior, se basa en la concurrencia al caso que se enjuiciaba del llamado Síndrome de Alineación Parental (SAP) que, pese a no estar reconocido como tal por ninguna asociación profesional ni científica, y ha sido rechazada expresamente su inclusión en el DSM IV y por la OMS ante la falta de evidencia científica que lo avale, fue desarrollado en 1.985 por el profesor de Psiquiatría Clínica del departamento de Psiquiatría Infantil de la Universidad de Columbia, Richard Gardner que lo definió como un trastorno que se produce en el marco de las rupturas familiares caracterizado por un conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos mediante diferentes estrategias tendentes a impedir, obstaculizar o destruir los vínculos con el otro padre o madre y que tiene como resultado efectivo la ausencia y suspensión de los contactos entre el menor y este progenitor.

Entiendo que la aparición del S.A.P., la popularidad del mismo entre algunos profesionales de la Psicología y la aplicación a la resolución de conflictos familiares con hijos por parte de determinados órganos judiciales no es más que un ataque (a veces inconsciente) a la línea de flotación de la nueva regulación legal y conciencia social de la lucha contra la violencia de género. Y ello es así, porque la mayoría de las veces, los progenitores que denuncian ante el Juzgado que debe resolver el proceso de separación o divorcio la concurrencia del mentado síndrome tratan de explicar la negativa de sus hijos e hijas a verlos, relacionarse y estar con ellos en que la madre les ha lavado el cerebro, han sido previamente condenados como autores de delitos de violencia de género o fueron denunciados por abusos sexuales a sus propios hijos. Y sólo de esta manera, reclamando el derecho a relacionarse con sus hijos (paradójicamente en un gran porcentaje de los casos no abonan la pensión alimenticia fijada a favor de los mismos), tratan de mantener viva la situación de dominación y de control a la que han sometido a su pareja durante años, culpando a las mujeres de los miedos o angustias razonables de los hijos hacia su padre violento.

Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya, al analizar un caso donde se denunciaba a la madre como autora del mal llamado síndrome de alienación parental por oponerse al régimen de relaciones padre-hijos, ha venido a poner el dedo en la llaga de tan enojosa cuestión, afirmando, por un lado, que el S.A.P. no tiene evidencia científica que lo avale y, por ello, ha sido rechazado por las más importantes Asociaciones Científicas, y, por otro, coincidiendo con solventes profesionales de la Medicina y Salud Mental, ha señalado que la ideología que sustenta el S.A.P. es abiertamente pedófila y sexista, constituyéndose como un peligroso instrumento pseudo-científico que está generando situaciones de riesgo para los niños y las niñas, generando una involución de derechos para éstos y sus madres.

En contra de la explicación que dan los defensores del SAP al rechazo de los hijos a ver y estar con sus padres en el marco de un proceso de familia e insistimos que sin un proceso científico reconocido, la causa más probable de que un niño o una niña rechacen a un progenitor suele ser la propia conducta de ese progenitor, experimentando rechazo sobre el autor de estos abusos. Etiquetas como este síndrome sólo están contribuyendo a desviar la atención sobre el conjunto de factores diversos –entre los que no se puede olvidar la estructura patriarcal de la familia que ha generado, en muchos casos, la existencia de violencia en el núcleo familiar- que llevan a que los hijos no quieran contactos con el progenitor, concluyéndose que lo único que consigue el llamado SAP es culpabilizar a las madres y a las mujeres de las conductas “anormales” de sus hijos. Los niños y niñas no son marionetas de los adultos, tienen derecho a expresar lo que sienten y que, además, estos sentimientos sean considerado por los Tribunales que tienen que resolver sobre su custodia y visitas y que, además, no son mentirosos por naturaleza, como parece sugerir el SAP

En conclusión, en palabras del profesor Jorge Corsi, el SAP no es un concepto neutro, sino que se halla atravesado por dos de los grandes sistemas de creencias que caracterizan el orden patriarcal: el sexismo y el adultismo, entendiendo éste como aquel sistema de creencias que, introduciendo una estructura rígida de jerarquías entre adultos y niños/as, consideran a éstos y éstas, como objetos de adiestramiento y no como sujetos de derecho.

Fuente: http://www.lexfamily.es/revista_portada.php?cte=&codigo=404

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