domingo, 10 de noviembre de 2013

Sentencia pionera sobre el síndrome de alienación parental.


Un juez de Manresa ha retirado a una madre la guardia y custodia de su hija de 8 años y se la ha concedido al padre al considerar que la menor estaba siendo influenciada negativamente por la mujer en contra del progenitor. 


En la sentencia, pionera en Catalunya, el juzgado de primera instancia número 4 de Manresa no sólo concede la custodia al padre, sino que también acuerda suspender cualquier contacto de la niña, de 8 años, con su madre y con su familia materna durante esos seis meses, hasta que esté acreditado que la menor haya superado el "síndrome de alienación parental" o la aversión que siente hacia su progenitor. 

La misma juez ha dictado un auto en el que acuerda, a instancias de la fiscalí­a, abrir diligencias contra la madre de la niña y sus abuelos maternos, por un delito de sustracción de la menor y otro de abandono de menor, por haber incumplido el régimen de visitas con su padre, establecido desde el divorcio, en enero del año 2004. 

La separación se produjo cuando la niña tenía cuatro años, y desde entonces, la madre "ha estado permanentemente obstaculizando dicha comunicación", de manera que han sido "muchísimas" las veces en que el padre se ha visto privado de la misma", sostiene el fallo.


Fuente: http://www.separaciones-divorcios.es/images/documentos/alineacion_parental_web.pdf

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