Urge establecer un protocolo riguroso de estudio para la detección del síndrome de alienación parental
Los hijos han
sido a lo largo de la historia, en múltiples ocasiones, moneda de
cambio en las relaciones de familia y de pareja, por tanto no es
ninguna novedad decir que la manipulación de los menores ha existido
siempre. Sin embargo, no toda manipulación puede considerarse una
forma de maltrato psicológico, a no ser que sea reincidente o
exageradamente intensa, lo que conlleva consecuencias muy negativas para el
bienestar emocional presente y futuro de los hijos. En este marco, la
alienación parental debe ser considerada una manipulación reiterada
de los pensamientos, emociones y vivencias de los menores y, por
tanto, una forma de maltrato psicológico.
La alienación parental es un proceso de programación mental mediante el cual un padre trata de predisponer afectivamente a los hijos en contra del otro progenitor. Tiene diversos grados de intensidad, aunque la forma más grave, conocida como síndrome de alienación parental (SAP), da lugar a la exclusión de uno de los progenitores del campo afectivo de sus hijos con el agravante de que esa exclusión la ejecuta el propio hijo.

Uno de los
síntomas más claros de la alienación parental es lo que se denomina
adultización del niño: el menor, aún a su corta edad, es capaz de hablar
de leyes, hipotecas, nóminas, amantes, etc. Por eso, entendemos que
en la alienación parental el niño tiene un «pensamiento prestado» por
un adulto que contempla como intención, ser el único punto
referencial básico de la vida del pequeño. ¿Y qué lleva a un padre a
alienar a su hijo? La respuesta es compleja y casi nunca obedece a
una sola causa, puesto que muchas veces sobre un determinado perfil
de personalidad proclive a alienar pueden solaparse venganzas,
desprecios, beneficios materiales o sencillamente la necesidad de ser
vencedor en un litigio de separación.
Pero ¿es
posible cambiar los sentimientos hacia una persona hasta ahora
querida? La respuesta no puede ser otra que sí: la experiencia
del ser humano es subjetiva y por ello capaz de ser influida y
condicionada por nuevas circunstancias. Asimismo, ¿es posible la
reversibilidad de un niño que ha aprendido a odiar asu padre? En efecto,
reparar la percepción afectiva del menor hacia alguien es posible,
pero para ello deben darse algunos requisitos: el inmediato cese de
la influencia alienadora y una ayuda técnica en los
nuevos reencuentros entre hijo alienado y padre excluido.
Sin duda, la
mayor dificultad se encuentra en establecer formas con las que pueda
garantizarse la interrupción de la acción maltratadora del progenitor
hacia el hijo. ¿Es suficiente una declaración de intenciones por
parte del alienador de corregir su actitud? ¿Es posible cambiar un
esquema mental determinado dentro del ambiente que lo instauró? La
diversidad de respuestas divide a los expertos y los empuja
a posicionarse en enfoques de intervención que van de la
amonestación a la parte alienadora al cambio de custodia temporal del
hijo, pasando por la mediación familiar con las tres partes afectadas
(alienador, hijos alienados, padre excluido).
PERO ¿A CASO
alguna de las medidas de intervención que se puedan proponer es menos
dolorosa para un hijo que se niega a relacionarse con uno de sus
progenitores y que está íntimamente ligado al otro? Debiéramos
entender y asumir que el dolor del hijo existirá en menor o mayor
grado en cualquiera de las resoluciones propuestas, pero que dicho
mal es cualitativa y cuantitativamente inferior que al que está
sujeto como hijo alienado. Si algo deja de manifiesto el SAP es el
desconcierto y desconocimiento generalizado sobre este tema existente en
las instituciones y profesionales de la salud y la necesidad
imperiosa de establecer un protocolo riguroso de estudio para la
detección y el diagnóstico de este transtorno en sus diversos grados,
así como las consecuentes medidas paliativas para cada uno de ellos.
Con la
alienación parental la comunidad científica tiene un tema pendiente y
debe ponerse lo antes posible a recordar y/o revisar las necesidades
emocionales de un niño, los derechos que se derivan de ellos y los
obstáculos o formas de maltrato que impiden desarrollarlos. Y la
justicia deberá ponerse de acuerdo en la aplicación de las medidas
penales pertinentes para proteger la integridad psicológica del
menor, aunque muchas veces implique, como en el caso de la alienación
parental, protegerle de sus propios padres.
Arantxa Coca.
Psicóloga
Doménec
Luengo. Psicólogo
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