miércoles, 26 de marzo de 2014
Inculcar respeto en los hijos.
http://www.abc.es/familia-padres-hijos/20140326/abci-inculcar-respeto-hijos-201402111844.html
jueves, 13 de marzo de 2014
Como no puedo ver a mi hijo en la vida real, quedo con su avatar en internet.
El drama de muchos padres divorciados La ley española apoya a las mujeres
en los procesos de divorcio en la inmensa mayoría de las ocasiones. Justa en
unos casos, en otros provoca el quebranto económico y sentimental en los
hombres, y traumas y desafectos en los hijos.
Mi hija mediana ha estado seis años sin verme. Su madre la ganó para su
causa y las pocas veces que hemos hablado por teléfono no ha parado de
insultarme. Si intentaba provocar un encuentro “fortuito” en la calle, al verme
se cambiaba de acera. Con apenas 14 años una jueza le dijo que no tenía la
obligación de pasar tiempo conmigo. Y la niña lo llevó a rajatabla obligada por
la terrible presión de mi familia política. Esto es lo que más me ha dolido.
Los acuerdos económicos, a pesar de la sangría que me han supuesto, me preocupan
menos. Pedí la custodia compartida no solo por satisfacción personal, sino por
la propia salud mental de mis hijos. Al irme de casa cometí un error
estratégico de cara a la justicia, que apoya a la mujer de manera
incondicional. Pero los hijos se quedan sin padre.
Pedro, 50 años, arquitecto, tres vástagos, lleva media docena de pleitos en
diez años en los que ha salido trasquilado. Siempre con la misma jueza, «una mujer que se ha mostrado muy agresiva
conmigo y que no ha permitido que mi abogado le hiciera preguntas a mi ex
mujer». La factura: 9.000 euros al mes (3.000 por cada uno de los hijos),
más una pensión compensatoria para la madre, más la hipoteca del piso donde
viven ellos (300 metros cuadrados en un barrio exclusivo de Madrid), más gastos
extra (pago de cursos, ordenadores, etcétera)... Y así hasta que los chicos
sean independientes económicamente (hay referencias en jurisprudencia que
hablan de los 25 años de edad como límite). «Estoy
en la quiebra. Y quince familias dependen de mi estudio de arquitectura. Nos
hemos bajado todos el sueldo un 40 por 100 para no tener que echar a nadie».
A los diez años de comenzar la pesadilla, con la crisis económica mostrándole
la guadaña, a Pedro no le quedó más remedio que intentar revisar a la baja el
acuerdo de divorcio. Nueva derrota. Recibió una orden de embargo por los
atrasos en las cuotas. Cifra inicial: 90.000 euros. Llegaron a un acuerdo de
50.000. Pero su ex cambió de opinión en el último momento y le pidió 10.000
más. «Firmé. ¿Qué otra cosa podía hacer?
Estoy agotado. Si tuviera 25 años menos me encadenaría en una farola de la
Puerta del Sol... Por lo menos he recuperado la confianza de mi hija. Acaba de
contarme que ha tenido que ir al psiquiatra porque la ha dejado el novio».
No ha lugar
La mayoría de los procesos de divorcio en España resulta favorable a las
mujeres (en nuestro país se rompen cada año 50.000 parejas con hijos). Sin duda
abundan los casos en que los hombres se llevan su merecido, pero en otros el
peso de la ley convierte en «padres
fantasma» a quienes fueron ejemplares en esta misión. Además del quebranto
económico, los hay que sufren la ausencia y el desafecto de sus hijos. Nuestro
Código Civil es, en esencia, el que se aprobó en 1889, y recoge la tradición
jurídica española en Derecho privado: muchos conceptos romanos y de Alfonso X
el Sabio. «En materia de familia el
espíritu continúa siendo patriarcal y decimonónico, y no se corresponde con la
realidad actual», nos comenta un abogado matrimonialista. «Se percibe a la mujer como la parte débil
del conflicto, la que tiene más carga familiar. Y, por tanto, como la más
capacitada para ostentar la custodia. No creo que haya una persecución de los
hombres como punto de partida. Eso sí, los jueces son refractarios al cambio;
simplemente, aplican una legislación que no es justa y que priva a los padres
de tener influencia en la educación y desarrollo personal de sus hijos. En el
mejor de los casos podrán verlos cuatro días al mes (los fines de semana que
les correspondan) y alguna tarde a la salida del colegio. Hasta hace poco
existían las pensiones compensatorias vitalicias. Ahora, mujeres de éxito
profesional y dinero exprimen a sus ex maridos hasta donde pueden».
«Me echó en cara que
trabajaba mucho», confiesa Juan, taxista, dos hijos, 14 horas al día en el tajo. «Así que en 2006 recibí una demanda de
divorcio. Previamente había puesto a nuestra hija en mi contra y me había
cogido las llaves del coche para acceder a un listado de ingresos y gastos que
guardo en la guantera. Me exigió 1.200 euros mensuales para manutención de los
niños. Le dije que era imposible, que prácticamente me condenaba a la
mendicidad. Tras el juicio la cosa quedó así: 900 euros para los niños y 500
para ella. Me he quedado tiritando, pero cualquiera se atreve a presentar
recursos; un procurador te cobra 300 euros por llevarte un papel. El divorcio
es para gente rica. Naturalmente mi ex mujer se quedó con la casa (ella tenía
la propiedad y compartíamos el usufructo por contrato) y yo ahora vivo con mis
padres en una habitación de siete metros cuadrados. Tengo que colgar la ropa en
escarpias. Ella vendió el piso y emigró al sur, así que ahora veo a los chicos
de pascuas a ramos. Me he comprado una consola para jugar online con mi hijo y
también me encuentro con su avatar en Habbo, una especie de Second Life
juvenil, porque hacerlo en el mundo real es casi imposible. Una relación de lo
más virtual. El exceso de horas en el taxi me ha provocado una lumbociática que
requiere rehabilitación permanente. Un pringado. Hay tipos malos, malísimos...
pero yo soy un pringado».
Las rupturas provocan situaciones esperpénticas. Es el caso de Carlos. «Mi ex se fue hace diez años, pero el
abandono del domicilio conyugal tiene diferente interpretación en el caso de
que lo realice una mujer. Así que fui yo, con cuarenta y tantos años de edad,
el que al final tuve que dejar el piso e irme a vivir con mi madre. Mi
municipio sacó una oferta de viviendas monoparentales y ahí vi mi oportunidad
de emanciparme de nuevo, pero me rechazaron porque soy copropietario de la casa
que habitan mi ex y mi hija, aunque el usufructo me haya sido retirado. Tuve
que emprender una batalla legal para que finalmente me aceptaran en la
promoción».
La señora Doubtfire
española
«Cuántos pleitos nos
ahorraríamos, y cuántas denuncias en este juzgado, sin ir más lejos, si la
custodia fuera compartida por ley, y hubiera que probar la incapacidad de uno
de los progenitores o su desinterés en la crianza para acordar otra cosa. Como
pasa en Francia, en Italia y en otras muchas partes. Impediría que los niños
fueran utilizados, y disminuiría algo el resentimiento que al final, mezclado
con la mala educación que en este país tienen muchos hombres, pero tampoco
perdamos de vista a las mujeres, acaba causando los desastres con los que tengo
que bregar a diario». La frase es de la juez Saldaña, uno de los personajes de la novela «La estrategia del agua», de Lorenzo
Silva, un libro basado en un hecho real y dedicado a «todos los padres que luchan, en condiciones adversas, para seguir
cuidando de sus hijos».
Juan Luis Rubio, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados
(APFS), también ha pasado lo suyo. «Mi ex
se lió con un amigo común. Llegamos a un acuerdo amistoso, o eso pensaba,
porque la cosa se complicó. Cuando pasaba a recoger a mis hijos a su casa o no
estaban o no querían bajar. Un día su madre los acompañó para que me dijeran
que no querían verme nunca más. Así que con el tiempo adopté varios disfraces
para poder estar con ellos. La prensa me puso el mote de “la señora Doubtfire
española”. Hoy la relación con los dos mayores está rota por completo, aunque
sí me veo con mi hija pequeña». Su experiencia traumática le animó a fundar
la APFS en marzo de 1993.
Custodia compartida
«Se perciben aires de
cambio», señala Rubio. «En países de nuestro
entorno lo extraordinario es lo contrario de lo que sucede aquí. En España los
jueces aplican una ley que, en esencia, consiste en esto: la mujer en casa con
la pata quebrada y el hombre asume los gastos. La sociedad va por delante de lo
que perpetran los políticos. Hemos denunciado al Gobierno ante en Tribunal de
Estrasburgo porque no cumple la legislación sobre los derechos del niño».
«Había un millar de
asociaciones para la protección de las mujeres, y ninguna de estas
características», añade. «Pero no es una asociación
sexista; a lo largo de estos años hemos ayudado a muchas féminas. Es apolítica
y aconfesional. En el inicio éramos cuatro y ahora somos más de 22.000
asociados y colaboradores en todo el territorio español. Solo en Madrid hemos
atendido a más de 40.000 personas». Él mismo participa en un programa de
radio, junto con un juez y un abogado, para explorar salidas más justas a los
dramas familiares. En Aragón ya se aplica la custodia compartida de forma
prioritaria, y otras comunidades autónomas meditan el asunto. El Parlamento de
Cataluña aprobó recientemente la Ley del Libro Segundo del Código Civil catalán
relativo al derecho de familia; prevé cambios como que la custodia compartida
sea otorgada de forma preferente, pero no por defecto (como sí se hace en
Aragón), ya que habrá condicionantes. Es decir, si no hay un acuerdo entre los
progenitores será el juez quien decida cuál de los dos asume la guarda de los
hijos menores. Las parejas deberán presentar un «plan de parentalidad» en el que figuren las propuestas de cada uno
sobre la custodia de los hijos y su participación en la crianza y educación. La
reforma entrará en vigor en enero de 2011.
España es el país de la UE que ha registrado un mayor incremento de
divorcios en la última década (un 205 por 100), pasando de 36.072 en 1998 a
110.036 en 2008, según el Instituto de Política Familiar. Durante 2008 se
produjo un divorcio cada 31 segundos en la Europa de los 27, es decir, 115 por
hora y 2.761 por día, hasta superar el millón anual. Bélgica, España y Hungría
lideran esta estadística, ya que por cada tres matrimonios que se forman se
rompen dos. En nuestro país la crisis económica ha obligado a muchas parejas a
«aguantarse»: según datos de los tribunales de justicia, en 2009 bajó el número
de rupturas en la mayoría de comunidades autónomas.
Fuente: http://www.abc.es/20100822/sociedad/divorciados-201008220004.html
miércoles, 12 de marzo de 2014
¿De qué hablamos cuando hablamos de síndrome de alienación parental?
“Miente, miente, que al final algo quedará... ...cuanto mas grande sea una mentira más gente lo creerá..."
Joseph Goebbels, ministro de propaganda nazi
Introducción
Según el DSM-IV, un síndrome es una agrupación de signos y
síntomas basada en su frecuente concurrencia, que puede sugerir una patogenia,
una evolución, unos antecedentes familiares o una selección terapéutica comunes.
Las ciencias de la salud, acuerdan en designar como síndrome sólo (y
sólo si) a un grupo de signos y de síntomas constantemente relacionados
entre sí, que expresan una situación patológica; cuando se corroboran, a
través de un número considerable de casos y durante un tiempo prolongado, la
concurrencia de los signos y síntomas que lo conforman. Cuando a su vez, se
convalidó la metodología utilizada y cuando se expusieron los estudios y
pruebas a consideración de la comunidad científica, para que cualquier
profesional del sector pueda fácilmente verificarlo de manera objetiva.
No obstante, en el lenguaje coloquial, en ciertas ocasiones se designa como síndrome a
síntomas o signos que adolecen de la falta de concurrencia y la consecuente
comprobación durante un período de tiempo en un número reiterado de casos
observables.
Desde la epistemología, es dable esperar que en la ciencia – y todas las
disciplinas científicas- se extreme la exigencia que evite que lo coloquial y
corriente, invada terrenos con pretendidas aspiraciones de legitimación. En
especial, en aquellos ámbitos donde se dirimen derechos fundamentales de las personas.
A pesar de una comunidad científica atenta y minuciosa, la historia – y la
historia de las ciencias - relatan algunos hechos donde parece haber encontrado
su inspiración Joseph Goebbels, llegándose a distorsionar el debate hasta
límites que hacen perder de vista el origen.
¿De qué hablamos
cuando hablamos de PAS?
El fenómeno del pretendido síndrome de alienación parental, es tal vez
un caso que merezca la atención y el análisis minucioso de la comunidad
científica, para evitar, con vistas al futuro, designaciones y consideraciones
apócrifas que, como en este caso, pueden dañar de modo grave e irreversible
aquello que se dice querer preservar: la niñez.
Acerca de los orígenes
En el año 1985, Richard Gardner, médico clínico norteamericano, en calidad
de perito técnico judicial y en el marco de un litigio por la custodia de los
hijos, nombra por primera vez una serie de conductas que presentarían los hijos
y/o las hijas de ese matrimonio que él denomina “síndrome de alienación
parental”.
En el año 1987, publica a través de su propia editorial: Creative
Therapeutics: “El síndrome de alienación parental y la diferencia entre
abuso sexual infantil fabricado y genuino” asociándolo directamente a las
denuncias -siempre en el ámbito judicial- de acusaciones de incesto hacia uno
de los progenitores, diciendo que: casi siempre la denunciante es la
madre, y quien es denunciado/acusado, es el padre. (sic)
Desde ese momento, R. Gardner asoció este pretendido síndrome de
alienación parental, a casos de litigio por la custodia de los hijos y - en
especial - cuando se acusaba al progenitor de abuso sexual hacia el hijo o la
hija.
Según R. Gardner, lo que él así denomina -PAS-, es un “lavado de cerebro”
al cual uno de los progenitores -generalmente la madre-, somete al hijo/a, en
contra del otro progenitor -generalmente el padre-, logrando de este modo “alienar”,
quitar a ese padre de la vida del hijo/a, hasta hacerlo “desaparecer”,
haciendo, en algunos casos, que el niño o la niña inventen que su padre abusó
sexualmente de él /ella.
Acerca de las raíces
teóricas del PAS
Desvelar la ideología que sustenta el PAS, implica enfrentarse a un sinuoso
y conflictivo camino, plagado de debates en los que se entreveran algunas
razones científicas con implacables deducciones jurídico-patriarcales.
Los orígenes del PAS, se hallan en la teoría de la sexualidad humana de
Richard Gardner, una teoría según la cual, el contacto sexual adulto-niño es benigno
y beneficioso para la reproducción de las especies. Esta teoría interpreta
el incesto y la pedofilia como benignos, como conductas no-abusivas y es el
reflejo de aquellos activistas que defienden la pedofilia como un modo de “orientación
sexual” posible.
Sobre esta banalización de lo siniestro, el PAS se erige como un constructo
que, al partir de premisas falsas, arriba a conclusiones aberrantes, que como
tales, producen perplejidad y confusión.
Algunos de estos presupuestos sobre los que se asienta el PAS, afirman:
* Que los niños son fácilmente programables.
* Que los niños mienten y pueden sostener una mentira, sólo por dañar a
otra persona, aún cuando vaya contra su propia voluntad e intereses.
* Que los derechos de los niños deben quedar subsumidos a los derechos de
los padres.
* Que es necesario coaccionar a un niño para encauzar su conducta
en los criterios de normalidad subjetiva que consideren los adultos
implicados.
Presupuestos que echan por tierra años de estudios y comprobaciones acerca
del pensamiento y del psiquismo infantil; a la vez que arrasan con los logros
jurídico-sociales de los Derechos Internacionales de la Niñez.
Acerca de los sesgos
misóginos y discriminatorios del denominado PAS
En el invierno de 1989, en un ejemplar de la revista “Paternidad Americana,
La Voz de la Paternidad Responsable y Dedicada”, de la Organización Nacional de
Padres, de la ciudad de Camden, Delaware, aparece publicado un artículo firmado
por Richard Gardner: "Parental
Alienation Syndrome”, en cuyo subtítulo interroga. "¿Por qué algunas madres ejercen todo
su poder para expropiar al niño del padre? ¿Qué puede hacerse?"
En este texto, los sesgos de género abiertamente adversos hacia la mujer -
que en el principio de sus trabajos se vislumbraban - se hacen evidentes y
manifiestos. No obstante, en los últimos años, debido a las críticas que
recibió en este sentido, en especial desde los movimientos de mujeres, R.
Gardner adaptó la estética de su discurso a las circunstancias, aunque los
contenidos y fundamentos de todos sus escritos continuaron - y continúan desde
sus discípulos - orientados en el sentido original.
En 1991, R. Gardner, publica (siempre desde su propia Editorial) “Sex Abuse Hysteria: Salem Witch Trials
Revisited”, en el cual escribe que "la histeria del abuso sexual
está omnipresente" (1992, p. xxv), criticando a profesionales de la
salud mental, investigadores, fiscales y abogados que intentan proteger y
defender los derechos de la infancia en este debate. Por ejemplo, Gardner acusa
a algunos fiscales y querellantes de “gratificar
su propio deseo sexual y tendencias sádicas a través de su intervención en
casos de abuso sexual”(sic) llegando a afirmar que "Hay un poco de pedofilia en cada uno
de nosotros" (p. 118).
John E. B. Myers, sostiene: “...en mi
opinión, muchos de los escritos de Gardner, incluyendo su Parental Alienation
Syndrome, son discriminatorios y prejuiciosos contra la mujer. Esta parcialidad
de género “infecta” el síndrome, y logra una poderosa herramienta para menoscabar
la credibilidad de las mujeres que denuncian abuso sexual infantil. Porque el
PAS perpetúa y exacerba la discriminación de género contra la mujer, yo
considero que el síndrome arroja mucha más sombra que luz sobre este difícil
tema...”
Con el paso del tiempo, y gradualmente, R. Gardner, logró posicionar este
supuesto síndrome en la justicia: en los litigios de divorcio y por la custodia
de los/as hijos/as, en contra de las madres, y de modo muy especial, cuando
surgía una acusación de incesto.
Acerca de la admisión
a prueba del PAS en la justicia
A través de su utilización, en especial en el ámbito judicial, este
pretendido síndrome, se fue instalando entre los psicólogos, abogados/as,
peritos y funcionarios/as de la justicia. Su utilización se multiplicó
exponencialmente y obturó toda racionalidad crítica en gran número de
profesionales que avalaron y sostuvieron “sin cuestionamientos” lo propuesto
desde la mente de este médico norteamericano.
El debate acerca del PAS, comenzó en USA a fines de los años 90'. En ese
momento, en los estados Unidos de Norteamérica, profesionales, Instituciones
especializadas, y gran parte de la Comunidad científica, publicaron
bibliografía y críticas a través de las cuales fundamentaban la importancia de no
considerarlo como instrumento diagnóstico, aludiendo a los graves errores de
los cuales adolecía este supuesto síndrome: “...La
Asociación Médica Americana - AMA - y la Asociación de Psicólogos Americana -
APA - , lo inhabilitan para configurar un síndrome diagnóstico - en el sentido
estricto del término- ya que no han sido hechas pruebas que lo convaliden ni su
autor ha expuesto a consideración de la comunidad científica los datos en los
cuales se basó para configurarlo...”
En 1996, un trabajo titulado: "Cuestiones
y Dilemas en Violencia Familiar", producido desde la Asociación de
Psicología Americana, por el Grupo de Trabajo de Expertos acerca de La
Violencia y la Familia, analiza, entre otras cuestiones, la utilización del PAS
en el ámbito de la justicia, aludiendo a los fundamentos de R. Gardner y
arribando a las siguientes conclusiones:
El personal judicial no sólo debe ser advertido que el PAS no está
reconocido como un síndrome médico por la AMA (Asociación Médica Americana) y
la APA (Asociación Americana de Psicología), sino que el empleo de este dudoso
síndrome como un instrumento adaptado para quitar la tenencia cuando las madres
aducen abuso, no puede ser acallado...
En 1998, la APA, en un artículo que firma Scott Sleek (14),
vuelve a expresar su preocupación acerca de la utilización del PAS en la
justicia: “...Por ejemplo, algunos jueces
de familia han denegado a una madre divorciada, la custodia de sus hijos,
basados en "un diagnóstico" del “síndrome de alienación parental,
Richard Gardner, MD, acuñó aquel término en 1987 para describir a un progenitor
-generalmente la madre- que trata de volcar a sus hijos contra el otro
progenitor. Mientras los psicólogos acuerdan, que en algunos casos podría
presentarse esta conducta, esto no lo acredita como síndrome de alienación
parental ni que sea un elemento diagnóstico válido, y no debería ser admitido
en casos de litigios por la custodia de los hijos...”
La Asociación Médica Americana y la Asociación de Psicólogos Americana
concluyen: "El trabajo de
Richard Gardner jamás ha sido revisado ni reexaminado. Él logró posicionar este
tema a través de la publicación de sus propios trabajos en su propia editorial:
“Creative Therapeutics”, fue su propio editor de los 30 libros que publicó
desde entonces, incluyendo “Parental Alienation Syndrome”.
Ambas Asociaciones, han advertido acerca de las graves consecuencias que se
sucedieron durante estos 20 años, a través de la admisión del PAS en la
justicia y su aplicación por parte de los jueces. Se han descrito casos de
niños y adolescentes que se han suicidado al ser obligados a convivir con el
padre que solicitaba el cambio de custodia, niños que presentaron cuadros
psicopatológicos severos, y homicidios por la acusación a la ex pareja de haber
producido el PAS.
Obviando todos los debates y textos que alertaron acerca de la falta de
rigor científico y de su validez, los argumentos y el propio síndrome de
alienación parental, fueron -y al día de hoy lo son- utilizados por
profesionales a quienes les ha sido -y continúa siendo- funcional la
utilización del mismo en el marco de los litigios en la justicia.
La gravedad de estas estrategias reside, en especial, que arrasan contra
los derechos de quienes dicen querer proteger: los niños y las niñas,
convirtiéndoles en protagonistas y víctimas forzadas en un escenario donde se
les avasalla en su integridad y en sus Derechos, de modo siniestro, al provenir
desde quienes deben protegerles.
Lic. Sonia Vaccaro (*)
Fuente: http://www.isabelmonzon.com.ar/sindromePAS.htm
La casa por el tejado
De un tiempo a esta parte venimos asistiendo a un serio recrudecimiento del
debate sobre la conveniencia o no de establecer la custodia compartida de forma
obligatoria, en los procedimientos de separación y divorcio. De hecho
–basta introducir la expresión en cualquier buscador de internet para
comprobarlo- recientemente han proliferado de forma importante los debates,
publicaciones en distintos medios y hasta las asociaciones y plataformas de uno
u otro signo que apoyan cada una de las posturas de forma excluyente e
irreconciliable.
Es un tema, sin duda, muy complejo, en el que yo creo que las
leyes civiles deberían limitarse a establecer un marco de actuación básica. Y
que los acuerdos de las partes o, en su defecto, el Juez, valorando
las circunstancias de cada situación familiar, sean los que determinen el modo
concreto de ejercer la guardia y custodia y el régimen de visitas
correspondiente –que siempre será necesario, para que los hijos menores no
pierdan el contacto con el progenitor que, ya sea de forma temporal o más
permanente no viva con ellos- pero sin imposiciones y sin soluciones
unitarias ni preferentes, siquiera.
Pero hoy me quiero fijar en una de las justificaciones que más me
llaman la atención en los defensores del establecimiento de la custodia
compartida obligatoria, cuando defienden que con este sistema se va a conseguir
promover un marco más igualitario en el reparto de las responsabilidades familiares
entre hombres y mujeres.
Es decir, que debemos olvidarnos de si hasta el momento de la separación o
el divorcio uno de los cónyuges no se ha ocupado nunca de cuidar de los hijos,
ni ha estado pendiente de mantener en orden y perfecto estado de funcionamiento
la casa -¡con todo lo que ello comporta!- y que, probablemente no sepa,
siquiera, dónde están la plancha o una sartén, porque, a partir de la crisis
matrimonial, de repente ha descubierto que el igualitarismo es extraordinario,
y va a asumir en la misma medida y proporción que quien venía ocupándose de
todas ellas hasta entonces, la mitad, justo, de las obligaciones y
responsabilidades de las que hasta el día anterior no tenía, siquiera, el menor
conocimiento.
Y, además, es capaz de argumentar que todo eso va a llevarlo a cabo
sin que se afecte al bienestar, a la estabilidad, y a la normalidad de la vida
cotidiana de los hijos, porque teorías y razones le sobran, aunque, -es una
lástima- le siga fallando, aún hoy, la práctica, que se empecina en
demostrarnos que, todavía, el tiempo de la atención a la familia y al cuidado
de los hijos siguen desempeñándolo, muy mayoritariamente, las mujeres.
Hace poco conocíamos por un estudio elaborado con los datos de los Juzgados
de Familia, que, a pesar de esta polémica, no llegaba ni a un 8 % el porcentaje
de supuestos de separación o divorcio en los que el padre pedía la guarda y
custodia de los hijos menores. Y, en el ámbito laboral, que de las reducciones
de jornada por paternidad sólo un 6% de las peticiones eran del padre. Por eso
no puede extrañarnos que en esos procesos se adjudique a la madre la guarda y
custodia exclusiva en torno a un 90 % de supuestos, lo que no supone, ni
mucho menos, la “expulsión” del padre de la vida de sus hijos, sino
el intento de evitar que la vida de los menores se vea afectada lo menos
posible, en lo que era su normal desarrollo antes de la crisis matrimonial.
Por eso me cuesta tanto creer en la vocación igualitaria de quienes esperan
hasta ese momento para empezar a defender que el padre y la madre deben tener
los mismos derechos y obligaciones en la atención a la familia, los hijos
y la vivienda común -¡ay, la vivienda!-, sin querer ver que la igualdad
real no es un concepto, ni un dogma o una idea, sino una forma de ser, de
vivir, de relacionarse, y que ha de construirse desde el principio, desde que
surge la pareja, desde que nacen los hijos, antes incluso.
Como las casas, seguro que es hasta posible que puedan empezar a
construirse por el tejado…otra cosa será que luego, adaptarlas al terreno donde
las podamos poner, a los cimientos que les demos, o las paredes que les
pongamos no nos lleven a vivir en el conflicto permanente.
Fuente: María Tardón.
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/ellas/2011/05/10/la-casa-por-el-tejado.html
miércoles, 5 de marzo de 2014
"EXCESOS, ABUSOS, VIOLENCIA Y MALTRATOS CONTRA NIÑOS: INTERVENCIONES EN LO REAL"
Análisis crítico del
Síndrome de Alienación Parental y otras Co-construcciones
Lic.
Jorge Garaventa
Así
concluyo que de una emoción individual inicial, se fue generando un estado de
conmoción colectiva, en el que cada padre fue consolidando una presunción en
forma irreflexiva, de la misma forma que se pude llegar a contagiar un delirio,
a modo de Sugestión, Psicosis Inducida o Delirio Colectivo,
“…hay víctimas con una
personalidad histérica, en las que imaginan que han sido atacadas…y hacen
denuncia de delitos inexistentes…”.
Citas del Fallo Melo
Pacheco, absuelto de la acusación de abusar de 39 alumnos de un jardín de
infantes
El año pasado nos alegramos ante la convocatoria en la Facultad de Psicología de la UBA que superó los mas optimistas pronósticos. Estas segundas Jornadas, pródigas de temáticas que dan cuenta del entrecruzamiento de nuestro quehacer psicológico con otras disciplinas como las ciencias sociales, el derecho y la educación hablan, desde la voz de la mayoría de los panelistas cuyo compromiso con la niñez es probado y evidente de una invariante social que conmueve: el abuso y maltrato hacia los niños y las niñas es un dato que crece al mismo ritmo que su visibilización porque como bien sabemos y nos decía anoche Mary Befoff, si las declamaciones no van acompañadas de acciones específicas que permitan la efectiva aplicación de los avances en las distintas disciplinas la situación es de estancamiento pleno.
En
ese sentido la visibilización de situaciones de abuso sexual y maltrato hacia
la niñez y violencia hacia la mujer sin crear las adecuadas condiciones que
posibiliten su prevención, combate y erradicación termina laborando para la
naturalización.
Saludamos entonces la realización de estas segundas jornadas y la explosión en las inscripciones, muestra alentadora del interés creciente hacia la necesidad de incorporar conocimientos y prácticas aún ausentes en la enseñanza oficial.
Este espacio que hoy celebramos será sin duda clásico esperado el año entrante.
Nos preocupa y ocupa hoy, como venimos diciendo en cada escenario, la imprescindible formación que posibilite un actuar responsable; y esa formación, para ser adecuada deberá dotar no solamente de herramientas teóricas y prácticas probadas sino de elementos conceptuales útiles para refutar técnicas y teorías sin sustento científico pero de amplia aceptación en estrados judiciales donde la concepción patriarcal dominante sostiene la indisolubilidad de la familia por encima de abusos, maltratos e incestos cuyas víctimas son siempre e irremediablemente los niños y las niñas. Justo es sostener que dichas teorías provienen y son sostenidas por representantes tanto del sector judicial como de la salud mental.
Si nos detenemos en estas situaciones no es por mera competencia teórica sino porque la aplicación de estas teorías y técnicas viola no solo tratados sobre derechos consagrados sino la constitución Nacional misma que da rango orgánico e ineludible para nuestro país a la Convención Internacional Por Los Derechos De La Niñez al incluirlo en su articulado.
Adivinando caras de sorpresa e incluso de ironía no está de mas recordar que la Lic. María José Blanco Barea, una de las mas prestigiosas juristas españolas aboga hace ya bastante tiempo por la declaración de insconstitucionalidad en su país a la aplicación de un supuesto síndrome al cual nos referiremos de inmediato.
La fundamentación alude a la descalificación de la palabra del niño y la consecuente revictimización.
Para entender este recorrido es necesario puntualizar de que se trata lo que es conocido como el backslash en general y el backslash argentino en particular.
El backslash es una reacción violenta, sistemática y organizada que surge originalmente en EEUU y tiene como objetivo aniquilar la voluntad de quienes vienen denunciando el abuso sexual infantil. Dicho movimiento se expande luego hacia España y finalmente llega a nuestro país. El ex Juez de Familia Eduardo Cárdenas fue el encargado de fogonear el bautismo criollo del movimiento a través de un artículo de dudosa ética que apuntó a desmoronar los servicios públicos y desmoralizar a los profesionales que se dedicaban al tema. El convite fue aceptado por el patronato judicial y por agrupaciones como APADESHI y ANUPA. Conjuntamente con algunas acciones mafiosas, de origen sospechado pero no pasible de ser probado, una batería de construcciones seudo científicas empezó a poblar los estrados judiciales, algunas de las cuales se destacaron por tener una dosis mas de prolijidad, pero fundamentalmente difusores en la prensa, la justicia y algunos ámbitos científicos.
Nos referimos concretamente al SAP, síndrome de alineación parental cuyo ideólogo es el psiquiatra estadounidense Richard Gardner y últimamente entre nosotros el ex Juez de Familia Eduardo Cárdenas, y la Teoría de la Co Construcción de Relatos de Abuso Sexual Infantil, teorizada por el Dr. Eduardo Padilla, asiduo perito de parte de supuestos abusadores en Juicios generalmente de alta presión mediática.
Otros impulsores de teorías que visualizan la dupla madre- niño como conspirativa contra el padre, como el Dr. Carlos María Díaz Usandivaras no han adquirido aún el vuelo teórico o militante que amerite detenernos por ahora en sus afirmaciones.
Para despejar posibles interrogantes señalamos que el crecimiento de esos constructos surge al calor de la aparición de sujetos con poder y/o miembros de instituciones tradicionales involucrados en abusos sexuales o incestos paterno filiales.
En un colegio religioso de Mar del Plata, un profesor de educación física fue absuelto de la acusación de haber abusado de treinta y nueve niños del jardín de infantes. Desde las primeras instancias del juicio el obispado puso todos sus recursos económicos y políticos al servicio de la defensa, actitud que deja de ser llamativa cuando se comprueba que de prosperar ese primer juicio tendría serias posibilidades de ser condenado en un segundo juicio un sacerdote, responsable espiritual de los colegios católicos de la localidad y que ha sido involucrado reiteradamente por los relatos de los niños.
Mientras que el SAP es construido en base a premisas científicas sin sustento, la teoría de la Co Construcción intenta sostenerse además en estadísticas falsas, erróneas o manipuladas.
Según Gardner el SAP es el rechazo de los hijos hacia uno de sus progenitores como consecuencia de la programación que el otro hace en ellos.
Como dice Blanco Barea, que esto sea así o no, no está demostrado científicamente. Las principales academias americanas han rechazado su construcción, fundamento y aplicación y los reiterados intentos de los seguidores del psiquiatra norteamericano no han logrado su inclusión en el DSM IV. Lamentablemente Gardner se quitó la vida en el 2003 lo cual impidió poder confrontar seriamente con el sus ideas.
No es aleatorio establecer que padecemos esta epidemia como uno de los efectos no deseados de la globalización que permite introducir maliciosamente en algunos casos y erróneamente en otros, realidades que corresponden al sistema judicial estadounidense.
La terapia que propone comienza con una mediación a cargo del psicólogo y si esta no da resultado el juez deberá cederle a aquel la conducción del proceso quien decidirá visitas y contactos con el respaldo de la coerción judicial.
La desprogramación estará a cargo del padre alienado quien seguirá estrictamente las indicaciones del terapeuta.
Si esta etapa no diera resultado y el niño siguiera sin aceptar plenamente a su progenitor, el paso siguiente sería la internación en un centro reformatorio o psiquiátrico separándolo del alienador.
Tanto Gardner como sus seguidores nunca aceptaron la responsabilidad por los suicidios de niños ocurridos mientras se desarrollaba el proceso, independientemente de que en su página web advierte que un error diagnóstico puede acarrear traumas severos en todos los involucrados en el proceso.
Si bien el tiempo no nos permite extendernos vemos que el SAP se fundamenta en una concepción pre patronal del niño, sin palabra propia, alienable y proclive a renunciar a sus afectos por presión de otros.
La terapia propuesta, como sostuvimos anteriormente es sencillamente vejatoria de la concepción del niño como sujeto de derechos y violatoria de toda normativa vigente. Además en las antípodas de lo que se pueda considerar una intervención terapéutica o reparatoria de derechos conculcados como debería plantearse tanto el derecho como la psicología o el psicoanálisis.
Para ir cerrando, algunos párrafos sobre la Teoría De La Co Construcción De Relatos De Abuso Sexual Infantil. El Dr. Padilla parte de una falsa premisa, la alarmante cantidad de denuncias de abuso sexual infantil que resultan finalmente falsas. En realidad y como vienen haciendo quienes trabajan para desacreditar estas denuncias se suman las falsas denuncias cuya existencia es ínfima, con las no consustanciadas, que son aquellas en que se considera que las pruebas no son suficientes ya sea para sustanciar la causa como para condenar al supuesto abusador. De la misma forma se suman aquellos a quienes se les ha declarado falta de mérito con quienes han sido víctimas de una falsa denuncia.
Padilla sostiene que la co construcción del relato de la madre con el hijo para acusar al otro progenitor se da frecuentemente en el marco de las rencillas de divorcios violentos. La alegada frecuencia no tiene correspondencia en los estrados judiciales ni tampoco se comprueba en las distintas intervenciones periciales.
Una
derivación de este constructo fue utilizado por el tribunal marplatense en el
caso ya citado y con la mención específica de Padilla al alegar que el relato
de los veintidós niños participantes en esta etapa del juicio habría sido co
construido por padres, madres y psicólogos según el caso y que el pánico
colectivo habría hecho el resto.
Padilla llama a descartar cualquier material que provenga de ámbitos terapéuticos ya que considera que los mismos siempre son contaminados por la subjetividad del terapeuta que sería entonces proclive a la victimización de su paciente.
Sostiene que las esperables lagunas en la memoria de los niños pequeños son rellenadas por el discurso del progenitor denunciante.
También en una afirmación osada que ha causado estragos sobre todo en jardines de infantes sostiene que podemos estar ante una confusión por los usos y prácticas normales que se llevan a cabo como parte del cuidado e higiene de un niño.
Tanto los relatos de los niños abusados como las producciones gráficas de los mismos están lejos de alentar la posibilidad de este tipo de confusiones.
Pero la osadía no se detiene: en una afirmación carente de cualquier validación científica sostiene que es prácticamente imposible diferenciar el trauma que produce un divorcio en un niño que el que produce un abuso sexual infantil. De mas está señalar el mensaje moralizante que tal afirmación conlleva.
Los últimos esfuerzos de un escrito que no tiene desperdicios apunta a la patologicación del denunciante, generalmente la madre, quien portaría una personalidad de tipo paranoide, histriónica y manipulativa, o con tendencias "borderline".
Este
pretende ser apenas un mostrario de una situación de extrema gravedad que
afecta a la infancia abusada y que merece que invirtamos esfuerzos para
desarticular estas falacias denigrantes hacia la palabra del niño.
Por supuesto que existen falsas denuncias, intentos de co construcción más o menos fallidos y niños sugestionados. En todos esos casos hablamos de violencia emocional contra el niño y los relatos caen rápidamente ya que tenemos herramientas idóneas y probas para encarar la validación de la palabra del niño.
Por supuesto que existen falsas denuncias, intentos de co construcción más o menos fallidos y niños sugestionados. En todos esos casos hablamos de violencia emocional contra el niño y los relatos caen rápidamente ya que tenemos herramientas idóneas y probas para encarar la validación de la palabra del niño.
Nosotros somos la infancia de ayer, cargamos en nuestras historias personales y sociales las consecuencias de la impunidad de los maltratos y abusos a los que fuimos sometidos. Tenemos la posibilidad de intentar algo distinto. Un niño que recobra su sonrisa hace valioso nuestro paso por las ciencias
Fuente: http://www.jorgegaraventa.com.ar/sindrome_alienacion_parental.htm
martes, 4 de marzo de 2014
¿Dormir lejos de mamá afecta psicológicamente al bebé?
Un grupo de investigadores de la Universidad de Virginia en Estados Unidos estudió el efecto que tiene para los bebés de 1 a 3 años el pasar una noche lejos de su mamá o cuidador. Estudiaron a 5 mil niños entre estas edades y cuyos padres vivían separados. Los resultados fueron sorprendentes.
Resulta que el 43 por ciento de los niños que pasaron varios días lejos de su mamá o cuidador principal mostraron mayor inseguridad que aquellos bebés que durmieron lejos con menos frecuencia (16%).
El estudio apunta a que, en sus primeros tres años de vida, el bebé crea un apego muy fuerte con su madre o cuidador principal y pasar noches lejos de ellos (en otro hogar) les provoca inseguridad. Sugieren que -en esa etapa- el bebé duerma en un solo hogar los siete días de la semana. Como papá y mamá están separados y ambos tienen el derecho de pasar tiempo con los niños, los investigadores mencionan que lo ideal es que el padre no custodio pueda pasar todo el día con ellos pero que, a la hora de dormir, lo regresen al lugar donde pernoctan con su cuidador principal.
Cuando leí esta información me transporté a mi infancia. Mis padres se divorciaron cuando tenía 9 años y mi hermano 4. Fueron momentos muy duros y se me hacía difícil tener que separarme de mi madre para irme todo un fin de semana con mi papá. Durante ese fin de semana me separaba de todo lo que me gustaba para compartir con mi padre (al que amo con todo el corazón). Poco a poco se fue acortando el tiempo que pasaba con él. Para mí era muy complicado tener dos camas, dos casas, dos familias. Esto fue así a pesar que ambos hicieron un esfuerzo heroico por llevarse bien y nunca dilucidar sus asuntos de adultos frente a nosotros. No me quiero imaginar si la historia hubiese sido otra.
También he escuchado historias de mamás que aseguran que sus bebés regresan inquietos luego de pasar un fin de semana lejos de su casa. Quizás en este estudio pueda estar la explicación.
Sería bueno que las cortes y ambos padres tomaran en cuenta este tipo de información a la hora de establecer custodia. No hablo de quitarle más derechos al papá o al no custodio sino de darle mayor seguridad al bebé que, en primera y última instancia, es quien tiene prioridad.
Fuente: http://custodiaenpositivo.blogspot.com.es/2014/01/dormir-lejos-de-mama-afecta.html
Víctimas del SAP
Víctimas
de la misogina, del machismo recalcitrante, del odio a la igualdad, de la
justicia injusta, de los políticos ciegos…de los periodistas que no hacen
su trabajo. Muchas mujeres maltratadas están perdiendo la custodia de sus hijos
por culpa de un síndrome que no existe, el llamado SAP, síndrome de alienación
paternal, que no reconoce ninguna instancia ni organización médica, que
se inventó un maltratador norteamericano como una nueva manera de amenazar y de
intimidar a las madres para que renuncien a denunciar el maltrato, o para que
no se separen, con la amenaza de que si lo hacen pueden perder a sus hijos.

Este
fin de semana una veintena de mujeres víctimas de malos tratos se han encerrado
en un local de Izquierda Unida para denunciar que les han quitado la custodia
de sus hijos para entregársela a los maltratadores como consecuencia de que los
jueces, los fiscales, los peritos, están aplicando el llamado SAP.
Detrás de este síndrome no hay más que una nueva
estrategia antifeminista y no hay que ser muy listo para darse cuenta. Lo
que es indignante es que pueda ocurrir impunemente y que no se haya prohibido
ya su uso en los tribunales. Es como si para condenar a alguien se usara la
astrología, más o menos lo mismo. Pero se usa y se quita la custodia a las
madres basándose en eso, y se entrega la custodia a maltratadores. Por cierto
que según los estudios, el SAP se usa contra las madres, pero no contra los
padres, lo cual no es sorprendente habida cuenta de que se inventó para
utilizarse contra las mujeres.
Yo soy hija de padres separados y cuando mis padres se separaron hace muchísimos años, más de cuarenta, los jueces no escuchaban a los hijos, que no teníamos nada que decir sobre con quién queríamos vivir y en qué condiciones; éramos como muebles sin opinión. Como es lógico la democracia y el divorcio impusieron la obligación de que niños y niñas fuesen escuchados antes de tomar decisiones en las que son sus vidas las que están en juego. Pero cuando las leyes y la sociedad comienzan a acorralar a los maltratadores, entonces lo que digan los niños, si es en contra del maltratador, deja de escucharse y se atribuyen sus palabras a la pérfida, siempre pérfida, madre.
Y
se sigue pensando y sosteniendo que un maltratador puede ser un buen padre,
como si ambas cosas no fueran absolutamente incompatibles. Así que si un
niño o niña ve como su padre maltrata, insulta, humilla a su madre y como
consecuencia de esto no quiere verle ni en pintura, el juez, los fiscales
y peritos, en lugar de tratar proteger a ese niño del maltrato paterno
achacan su rechazo a la madre, de la que dicen que le ha lavado el
cerebro. Como consecuencia ésta pierde la custodia de sus hijos y si se
niega a entregar a su hijo al maltratador, entonces va a la cárcel. ¿Se han
creído que es tan fácil para un niño o niña mentir a un abogado, a un perito
psicólogo, a un juez? ¿Se han vuelto locos? No, locos no. Aquí no hay ningún
loco.
Lo
que ocurre es que el único síndrome que existe es el del rey amenazado que
padecen muchos hombres y muchos maridos. Un síndrome muy peligroso para las
mujeres, porque les vuelve locos de rabia. Este síndrome se distribuye
igualitariamente entre camareros y jueces, psicólogos y policías, médicos y
fontaneros; no entiende de clases ni de estudios, sólo entiende de género.
Todos ellos necesitan urgentemente terapia y las demás necesitamos urgentemente
leyes que nos protejan de todos ellos, de los que maltratan de hecho, de los
que maltratan de palabra, de los que maltratan por omisión.
Publicado
en El Plural
Fuente:
http://beatrizgimeno.es/2011/01/25/victimas-del-sap/
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